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El Ministerio de Hacienda ha notificado que las ventas de bienes de segunda mano realizadas por particulares deberán pagar el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales.

No al impuesto en las compraventas online de segunda mano

Esto significa que, a partir de ahora, todas las personas que adquieran un bien de segunda mano de cualquier índole: un mueble, un libro, un televisor, etc... tendrán que declararlo a Hacienda y abonar un 4% del valor de adquisición del bien.

Considerando que es un impuesto injusto pedimos al Ministerio que el impuesto sea eliminado principalmente por:

  • Que los bienes de segunda mano ya han pagado sus correspondientes impuestos en el momento en que se adquirieron como nuevos.
  • Que en la mayoría de los casos, la venta de un bien de segunda mano es una forma de obtener un ingreso con la que afrontar la compra de otro bien necesario. En muchos casos bienes de necesidad de la misma naturaleza, como por ejemplo: libros de texto, ordenadores, ropa, etc.

Si estás de acuerdo firma la petición en Change.org:
No al impuesto a la compra venta de segunda mano entre particulares

Igualmente, si la compra venta genera algún beneficio para el comprador éste deberá abonar el correspondiente IRPF por la ganancia obtenida como ganancia patrimonial.

Hacienda recomienda guardar documentos que acrediten la propiedad del bien y pruebas de la transacción como facturas o pantallazos del cierre del acuerdo si éste se hace online para poder demostrar a Hacienda que esos ingresos no son fruto de trabajos hechos en B, sobre todo cuando hay varias transacciones con diferentes cantidades.

En el caso de que la compra-venta de bienes de segunda mano se realice entre empresas, estas transacciones estarán sujetas al pago del correspondiente Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).

Además, la Agencia Tributaria (AEAT) pedirá las bases de datos a las plataformas de comercio online para investigar transacciones. Las cuales deberán declararse con el Modelo 600 de la AEAT y son competencia de las comunidades autónomas.






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